Artículo Disposición adicional primeraDisposición adicional primera
Disposición adicional primera. Suspensión de pactos, acuerdos y convenios.
Quedan suspendidos y sin efecto los acuerdos, pactos y convenios suscritos por el conjunto del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón y las organizaciones sindicales en tanto no se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y a lo previsto en esta Ley.
Norma publicada: 4 de octubre de 2012